miércoles, 28 de mayo de 2008

Beca Indígena

Beca Indígena

"La Ley Indígena surge de un complejo proceso social y del conjunto de demandas sociopolíticas y culturales de las bases sociales de los Pueblos Indígenas de nuestro país. Producto de este acontecimiento histórico, el Estado Chileno, establece un nuevo estilo de relación de respeto, protección y promoción de desarrollo de los primeros habitantes de este territorio".


La ley Indígena "reconoce como principales etnias de Chile la: Mapuche; Aymara , Rapa Nui o Pascuense, de las Comunidades Atacameñas, Quechuas y Collas del Norte del país, a las comunidades Kawashkar o Alacalufe y Yámana o Yagán de los canales Australes".


El programa beca Indígena se ejecuta en el país a partir del año 1991 y es producto de esta ley, la que en el Título IV, párrafo segundo De la Educación Indígena, Artículo 33 señala: "La ley de presupuestos del sector público considerará recursos especiales para el Ministerio de Educación destinados a satisfacer un programa de becas indígenas. En su confección, orientación global y en el proceso de selección de los beneficiarios, deberá considerarse la participación de la Corporación."

A partir del año 2005 la administración del programa beca indígena es ejercida por Junaeb, implementando medidas de constante mejoramiento en la calidad del servicio y su oportunidad.


¿En qué consiste beca Indígena?
La beca consiste en un aporte monetario de libre disposición que se entrega a los estudiantes de ascendencia indígena que hayan sido beneficiados por el programa.


Facilita el acceso al sistema educativo a los estudiantes indígenas de los niveles señalados, que tienen un buen rendimiento académico y una situación socioeconómica vulnerable.


Proceso de Postulación de la Beca Indígena.


¿Quiénes pueden postular?
Pueden postular los estudiantes que se encuentren cursando educación básica, media ó superior, que tengan ascendencia indígena.



¿Qué requisitos debe cumplir?


1. Calidad Indígena: Ser hijo de padre o madre indígena, cualquiera sea la naturaleza de su filiación inclusive la adoptiva. "Se entenderá por hijos de padre o madre indígena a quienes desciendan de habitantes originarios de las tierras identificadas en el artículo 12, número 1y 2" (Ley Indígena). Los descendientes de las etnias indígenas que habitan el territorio nacional, siempre que posean al menos un apellido indígena. Un apellido no indígena será considerado indígena, para los efectos de esta ley, si se acredita su procedencia indígena por tres generaciones.


Los que mantengan rasgos culturales de alguna etnia indígena, entendiéndose por tales prácticas, formas de vida, costumbres y religión de estas etnias de un modo habitual o cuyo cónyuge sea indígena. En este caso será necesario que se auto identifique como indígena y ser certificado por la Corporación Nacional de Desarrollo Indígena (CONADI).


2. Rendimiento Académico:
- Cursar desde el Segundo Ciclo de educación Básica (5º básico) - Tener como mínimo una nota promedio de 5.0 en Educación Básica y Media y de 4.5 en Educación Superior.


3. Situación Socioeconómica:
Acreditar documentalmente una situación socioeconómica deficiente que justifique la necesidad del beneficio.


¿Dónde Postular?
Básica y Media: Las postulaciones deben realizarse en los Departamentos Sociales Municipalidades y/o Departamentos de Educación Municipal correspondiente al domicilio familiar del postulante. Cada Municipio comunicará los horarios de atención de su comuna.Educación Superior: Las postulaciones deben realizarse en las Direcciones de Asuntos Estudiantiles de cada organismo de Educación Superior. En caso de no contar la Institución con Asistente Social, se deberá postular en el Departamento Social de la Municipalidad correspondiente al domicilio familiar.


Plazo para postular:
Educación Básica, Media y Superior: 3 al 15 de abril de 2008
Proceso de Renovación de la Beca Indígena.


¿Quiénes pueden renovar?
Tienen derecho a renovar todos los alumnos y alumnas que habiendo tenido la beca el año anterior no cambian de nivel educacional.


¿Qué requisitos debe cumplir?
Mantener promedio de notas de 5.0 para la Educación Básica y Media y 4,5 educación superior.
Acreditar documentalmente una situación socioeconómica deficiente que justifique la necesidad del beneficio.


Acreditar calidad de alumno regular para educación básica, media y superior.


¿Dónde se renueva?
Educación Básica y Media: Las renovaciones deben realizarse en los Departamentos Sociales Municipalidades y/o Departamentos de Educación Municipal correspondiente al domicilio familiar del renovante. Cada Municipio comunicará los horarios de atención de su comuna.


Educación Superior: Las renovaciones deben realizarse en las Direcciones de Asuntos Estudiantiles de cada organismo de Educación Superior. En caso de no contar la Institución con Asistente Social, se deberá renovar en el Departamento Social de la Municipalidad correspondiente al domicilio familiar.


Plazo para renovar:
Consulta en la dirección regional de Junaeb correspondiente a tu domicilio las fechas de renovación para educación básica, media y superior.

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